LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA EN ESPAÑA. EN ESPECIAL, LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO FARMACÉUTICO

Autores

  • Antonio José Sánchez Sáez

Resumo

En este artículo intentamos dar argumentos de Derecho público a favor de un recto entendimiento de la conciencia como objeto del derecho a la objeción de conciencia. Son rechazables los argumentos personalísimos de conciencia y aceptables aquéllos que obedezcan a una recta y seria conciencia autovinculante, siempre que no se afecte al orden público ni a terceros. Se trae a colación la jurisprudencia del TC, que aboga por calificarlo como derecho fundamental, con lo que ello implica para la Administración: limitar los supuestos de rechazo basados en el enjuiciamiento de los argumentos que aduce el administrado; e interpretar pro libertatis los límites que este derecho debe cumplir, según el art. 9.2 CEDH. Se aboga por incorporar la jurisprudencia del “balancing test” del Tribunal Supremo norteamericano. También la STEDH Bayatyan abre una nueva vía para una interpretación más extensiva de la objeción de conciencia. Muchos profesionales del sector farmacéutico han alertado de los efectos abortivos de la PDD. Estos efectos son la base de la objeción de conciencia que muchos farmacéuticos en todo el mundo están ejerciendo contra sus respectivos Estados. También en España se han dado casos, que han sido avalados por la STC 145/2015. Hemos concluido que, en España, el ejercicio de la objeción de conciencia en estos casos está amparado porque aunque un usuario no pueda comprar la PDD en su farmacia nada impide que pueda hacerlo en otra cercana, o en un centro de planificación familiar o en un hospital, por lo que se siguen cumpliendo los principios de servicio público en España y los derechos de los administrados, entre ellos los del farmacéutico, a pesar de ser éste un administrado sometido a una sujeción especial. Los Códigos de Conducta de la profesión farmacéutica, la jurisprudencia del TEDH, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo abogan por la aceptación de ese derecho de los farmacéuticos españoles. Por el contrario, la normativa y las recomendaciones de las Agencias de la ONU se oponen a ello. En esta investigación hemos adoptado el enfoque y la técnica propios del Derecho Administrativo, pero también de la Filosofía del Derecho y del Derecho canónico.

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Referências

AGULLES SIMÓ, P., “El farmacéutico y la píldora del día siguiente”, Cuad. Bioét. XVIII/2ª, 2007.

AZNAR LUCEA, J., “Repercusión ética del mecanismo de acción de las píldoras del día después y los cinco días después”, en An. R. Acad. Med. Comunitat Valenciana, 10.

BALDO KRESALJA, R., “El rol del estado y la gestión de los servicios públicos”, en THEMIS: Revista de Derecho, Nº. 39, 1998 (Ejemplar dedicado a: Derecho Administrativo).

BARRERO ORTEGA, A., La objeción de conciencia farmacéutica. Revista de Estudios Políticos, 172, 2016.

BELTRÁN AGUIRRE, J. L. (2009). El ejercicio de la Objeción de Conciencia por los Farmacéuticos. Revista Aranzadi Doctrinal, 5.

CASTRO JOVER, M. A. (1998). La libertad de la conciencia y la objeción de la conciencia individual en la jurisprudencia constitucional española. En J. Martínez-Torrón. La libertad religiosa y de conciencia ante la justicia constitucional. Granada: COMARES.

CELADOR ANGÓN, Ó. (2017). La objeción de conciencia farmacéutica. Análisis comparativo de los modelos español y estadounidense. UNED, Revista de Derecho Político, 99, mayo-agosto.

COOPER C., “Suit Claims Using Birth Control Pills Is Abortion”, 24 de abril de 2001 (http://www.womensenews.org).

DE DIOS VIEÍTEZ, M. V., “Ordenación farmacéutica: criterios generales”, en Lecciones de derecho sanitario, coord. por Miguel Juane Sánchez; Francisco Javier Sanz Larruga, José María Gómez y Díaz-Castroverde, Servicio de Publicaciones de la Universidad de la Coruña, 1999.

DE MIGUEL BERIAIN, Í. (2010). La objeción de conciencia del farmacéutico: una mirada crítica. Revista de Derecho UNED, 6.

DÍEZ-PICAZO, L., “Derecho a la vida y a la integridad física y moral”, en Repertorio Aranzadi del Tribunal Constitucional núm. 3/2002.

DUGUIT, L., Mannuel de Droit Constitutionnel, 1923.

DURAND M, SÉPALA M, DEL CARMEN CRAVIOTO M, KOISTINEN H, KOISTINEN R, GONZÁLEZ-MACEDO J, LARREA F., “Late follicular phase administration of levonorgestrel as an emergency contraceptive changes the secretory pattern of glycodelin in serum and endometrium during the luteal phase of the menstrual cycle” en Contraception Journal, 2005; 71.

EDWARD, R. G., “Implantation, interception and contraception”, en Hum Reprod 1994; 9 (Suppl 2).

ESCOBAR ROCA, E., “¿Ideología de la constitución o ideología de los jueces constitucionales? (a propósito de la STC 145/2015, sobre objeción de conciencia farmacéutica)”, en Anuario Facultad de Derecho – Universidad de Alcalá IX (2016).

EZQUERRA HUERVA, A., “El modelo español de ordenación farmacéutica en el contexto comunitario europeo de libertad de establecimiento”, en Revista Aragonesa de Administración Pública, nº 32, 2008.

FERNÁNDEZ, A. Y GIMÉNEZ, A., “La píldora del día después: de la opinión a la evidencia”, en Biomedicina, Vol. 6, Nº. 2, 2011,

GARCÍA MACHO, R., «En torno a las garantías de los derechos fundamentales en el ámbito de las relaciones de especial sujeción», Revista Española de Derecho Administrativo, 64, 1989.

GOMES CANOTILHO, J., J., y MOREIRA, V. (2007). Constituiçao da República Portuguesa Anotada, Vol. I, 4 edición, Coimbra: COIMBRA EDITORIAL

GÓMEZ ABEJA, L. (2016). El Tribunal Constitucional ante el conflicto de conciencia del farmacéutico: una solución de compromiso a gusto de nadie. Revista de Derecho Constitucional Europeo, 25, enero-junio.

GONZÁLEZ PÉREZ, J. (2011). Intervención en la Sesión del día 13 de diciembre de 2011 del pleno de la Academia de Ciencias Morales y Políticas. Anales, núm. 89.

GONZÁLEZ SAQUERO, P., “¿Derecho a la objeción de conciencia del farmacéutico? A propósito de la decisión sobre admisibilidad del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, as. Pichon y Sajous c. Francia, de 2 de octubre de 2001”, Foro, Nueva época, N.º 8, 2008.

GONZÁLEZ-VARAS IBÁÑEZ, A., “La objeción de conciencia del farmacéutico en la jurisprudencia y su regulación legal en España”, en Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, Nº. 15, 2007.

GUARDILA, M. T., “Los farmacéuticos y la PDD”, en An. R. Acad. Med. Comunitat Valenciana, 10.

HERNÁNDEZ GIL, A. (1983). De nuevo sobre el Derecho natural, Discurso inaugural del curso 1983-1984 de la Academia de Jurisprudencia y Legislación, Madrid.

LONDOÑO LÁZARO, M. C., y ACOSTA LÓPEZ, J. I., La protección internacional de la objeción de conciencia: análisis comparado entre sistemas de derechos humanos y perspectivas en el sistema interamericano. En Anuario Colombiano de Derecho Internacional, 9.

LÓPEZ BENITEZ, M., Naturaleza y presupuestos constitucionales de las relaciones especiales de sujeción, Civitas, Madrid, 1994.

LÓPEZ GUZMÁN, J., “Manipulación de la información sobre la píldora del día después”, en Anales (Reial Acadèmia de Medicina de la Comunitat Valenciana), ISSN-e 2172-8925, Nº. 11, 2010.

LUIS PINEDA, R., «“Contracepción de emergencia”, un mal llamado método contraceptivo». Cuadernos de Bioética 45 (2001).

MARTÍNEZ LÓPEZ-MUÑIZ, J. L., “Nuevo sistema conceptual”, vol. col. Privatización y liberalización de servicios, (ed. a cargo de Gaspar Ariño Ortiz), Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, 3, UAM-BOE, Madrid, 1999.

MARTÍNEZ TORRÓN, J., “La objeción de conciencia farmacéutica en la reciente jurisprudencia constitucional española: otra oportunidad perdida”, en Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado 39 (2015).

MARTÍN-RETORTILLO, L. (2007). Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. En Anales de la Academia de Jurisprudencia y Legislación, 37.

MIRANDA, J., y MEDEIROS, R. (2010). Constituiçao portuguesa anotada, Tomo I, 2 edición revisada, actualizada y ampliada. Coimbra: WOLTERS KLUIWER-COIMBRA EDITORA.

MORALES ARIZA, S. M., Ordenación farmacéutica española: situación actual y perspectivas de futuro, Tesis doctoral, Valencia, 2015.

MORRIS, J.M., VAN WAGENEN, G., «Interception: the use of postovulatory estrogens to prevent implantation». American Journal of Obstetrics and Gynaecology 115 (1973), 101-106; Kahlenborn, C., Stanford, J.B., Larimore, W., «Postfertilization effect of hormonal emergency contraception». Annals of Pharmacotherapy 36 (2002).

NAVARRO-VALLS, R y MARTÍNEZ-TORRÓN, J. (1997). Las objeciones de conciencia en el Derecho español y comparado. Madrid: MCGRAW-HILL, MADRID.

ORTEGA ÁLVAREZ, L., “El servicio farmacéutico”, Iustel, 2002.

ORTEGA ÁLVAREZ, L., “Servicios públicos y usuarios de servicios”, en Documentación Administrativa, nº. 271-272, 2005.

PALOMINO LOZANO, R. (1991). Objeción de conciencia y relaciones laborales en los Estados Unidos. En Civitas, Revista Española de Derecho del Trabajo, 50.

______. Objeción de Conciencia y Religión: una perspectiva comparada. En Anuario de Derechos Humanos. Nueva Época, Vol. 10.

PAMPLONA, R., y CARDOSO ALUNAS, S. (2015), Os novos contornos do direito de objeção de consciencia. Os fundamentos e a evolução do direito à objeção de consciência no direito constitucional português. Análise de um direito em permanente evolução e presente em diferentes realidades. En CEDIS Working Papers | Direito, Estado e Religião.

PAREJO ALFONSO, L. (1981). El contenido esencial de los derechos fundamentales en la jurisprudencia constitucional: a propósito de la sentencia del Tribunal Constitucional de 8 de abril de 1981. En Revista Española de Derecho Administrativo, 3.

PEREIRA COUTINHO, F. 82005). Sentido e Limites do Direito Fundamental à Objeção de Consciência. En Themis, año VI, 11.

PRIETO ÁLVAREZ, T., “La encrucijada actual de las relaciones especiales de sujeción”, en RAP núm. 178, Madrid, enero-abril (2009).

QUINN, C., “The Pharmacist’s Right of Refusal in Dispensing Morally Objectionable Medications”, en http://rxethics.org/, de la Wayne State University, Detroit.

RICO-PÉREZ, F., La responsabilidad civil del farmacéutico, Trivium, Madrid, 1984.

ROJAS BUENDÍA, M. M. (2006). Los derechos fundamentales de libertad de conciencia y asociación: análisis histórico y régimen jurídico conjunto (Tesis doctoral). Universidad Carlos III. Disponible en: https://e-archivo.uc3m.es/handle/10016/3024.

RUIZ BURSÓN, F., J. (2013). Novedades desde Estrasburgo sobre la objeción de conciencia. En Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, 31.

RUIZ BURSÓN, J. (2010). La regularización de la objeción de conciencia en la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproducción y de Interrupción Voluntaria del Embarazo. En Persona y Derecho: Revista de fundamentación de las Instituciones Jurídicas y de Derechos Humanos, Ejemplar dedicado a: Europa y los Derechos Humanos.

SIEIRA MUCIENTES, S. (2000). La objeción de conciencia sanitaria. Madrid: DYCKINSON.

______. (2004), Reforma constitucional en materia de objeción de conciencia: una aproximación de la Constitución española a la carta de derechos fundamentales de la Unión Europea. En Parlamento y Constitución. Anuario, 8.

TALAVERA FERNÁNDEZ, P., “La objeción de conciencia farmacéutica a la píldora postcoital”, en Cuadernos de Bioética, Vol. XIII, nº. 47-49, 2002.

TURCHI, V., “Nuevas formas de objeción de conciencia. La experiencia italiana”, en Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, ISSN-e 1696-9669, Nº. 15, 2007.

VIDAL CASERO, M. C. “Derecho Farmacéutico”. Colección monografías Grandes tratados Aranzadi 2008. 1ª edición.

VILLALBA PÉREZ, F., “Ordenación farmacéutica. Primer trimestre de 2005”, en Revista General de Derecho Administrativo nº. 9 (julio 2005).

WILKS, J., “Contracepçao pré-implantatória e de emergencia”, en PONTIFICIO CONSEJO PARA LA FAMILIA, Léxico da família: termos ambíguos e controversos sobre família, vida e aspectos éticos, editorial Principia, Cascais, 2010.

Publicado

2020-11-27

Como Citar

Sáez, A. J. S. (2020). LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA EN ESPAÑA. EN ESPECIAL, LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO FARMACÉUTICO. Direito Público, 17(94). Recuperado de https://www.portaldeperiodicos.idp.edu.br/direitopublico/article/view/5036